Villa de Orgaz > Documentos> Guerra Civil: Fuentes documentales

Villa de Orgaz

LA GUERRA CIVIL EN ORGAZ
FUENTES DOCUMENTALES


  Sumario:
Presentación
Actividad municipal.
Evacuados en Orgaz
Patrimonio artístico
Insurrectos expropiados
Justicia republicana

Demarcación militar
Causa General
Tribunales franquistas
Testimonios / relatos

Progresivamente se iran incorporando nuevos apartados y más documentos


JUSTICIA REPUBLICANA

 

El golpe de Estado militar y el consecuente estallido de la Guerra Civil puso en crisis las estructuras estatales de la II República y en el caso de la Justica ordinaria supuso su paralización (1) . En el contexto del proceso revolucionario surgido en las zonas leales a la República, los juzgados de instrucción, los juzgados municipales y las audiencias provinciales fueron sustituidos por unos jurados populares promovidos y controlados por autoridades, comités y organizaciones que pugnaron por hacerse con el poder en defensa de la República, y que se propusieron administrar justicia al margen del ordenamiento jurídico.

 
 

Ante esta situación, con el propósito de contrarrestar y atajar los niveles de violencia arbitraria e irregular ejercida por las organizaciones, milicias populares y particulares, el gobierno republicano puso su empeño en la recuperación y reorganización de la Administración de Justicia y del estado de derecho, tomando paulatinamente las riendas de la situación y creando un nuevo sistema judicial de carácter excepcional adaptado a la situación bélica. «Del terror revolucionario inicial y el correspondiente vacío judicial, se pasó a la constitución de una Justicia de guerra caracterizada por tres fundamentos: especial (por las circunstancias excepcionales), popular (por la participación del jurado) y sumarísima (urgente, y en los casos del TPTO, inapelables)» (2) . Las actuaciones de los nuevos órganos judiciales debían centrarse en contra de simpatizantes y enemigos potenciales del régimen legítimamente elegido, pero también sobre personas afines al régimen por sus excesos en la retaguardia (3).

Por dos decretos de 23 y 25 de agosto de 1936 (4) fueron creados los Tribunales Populares Especiales, con el objetivo de encauzar de alguna forma la represión incontrolada de los meses revolucionarios y evitar los aspectos más inhumanos de la revolución popular, poniendo fin a los asesinatos indiscriminados. Eran tribunales de ámbito provincial competentes sobre los delitos políticos relacionados con la rebelión militar, la sedición y contra la seguridad del Estado mediante procedimientos sumarísimos. Estaban constituidos por 3 jueces de derecho más un jurado popular de 14 jueces de hecho. Aseguraban al acusado un procedimiento con garantías y una sentencia conforme a la ley.

A estos decretos le siguieron una serie de disposiciones que tuvieron como objetivo ir articulando el nuevo organigrama judicial.

Por Decreto de 10 de octubre de 1936 (5) fueron creados los Jurados de Urgencia, encargados de juzgar los casos de hostilidad o desafección a la República, es decir hechos, sentimientos y actitudes de difícil precisión y que por sí mismos no revistieran carácter de delito penal (delitos que eran competencia de los Tribunales Especiales Populares). A partir del decreto de 23-02-1937 (ver nota 11) también fueron competentes sobre delitos relativos a alteración del precio, peso y calidad de los alimentos y bebidas. Las penas que podían imponer consistían en multas, prisión menor, e internamiento en campos de trabajo (de 1 a 5 años).

Al nuevo sistema judicial se incorporaron otros tribunales de carácter popular como los Jurados de Guardia (6), el Tribunal Popular de Responsabilidades Civiles (7) , los Tribunales especiales de Guardia (8), el Tribunal Especial de Espionaje y Alta Traición (9), etc.

Este conjunto de tribunales, que se habían ido creando de forma aislada, recibieron un tratamiento conjunto a través de la Compilación Penal de 7 de mayo de 1937 (10) poniendo fin a la provisionalidad e institucionalizando el nuevo aparato judicial de la República. Esta justicia de excepción creada para juzgar los hechos delictivos y actos relacionados con la rebelión terminó absorbiendo toda la administración de la justicia: por Decreto de 23 de febrero de 1937 (11) se extendió su competencia al conocimiento de los delitos comunes y posteriormente por Decreto de 6 de agosto de 1937 (12) fueron disueltos los Jurados de Urgencia y los Tribunales Populares se integraron en las Audiencias Provinciales

La declaración del Estado de guerra, por Decreto de 23 de enero de 1939 (13), supuso la paralización de toda la administración judicial de la República.

***

 
 

En Orgaz, cabeza de partido judicial, existía un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción y un Juzgado Municipal.

En la provincia se constituyó el Tribunal Popular Especial de Toledo el 2 de septiembre de 1936 (14) . De inmediato su presidente ordenó a los juzgados de la provincia que le remitieran los sumarios y los presos que estuvieran relacionados con las competencias del tribunal (15) . Todos los juzgados respondieron no tener causas que remitir, excepto Quintanar de la Orden y Orgaz. El juzgado de Orgaz remitió una causa contra unos milicianos de Villarubia de Santiago (16) .

El Jurado de Urgencia de Ocaña, creado por Orden de 1 de febrero de 1937 (17) , tenía jurisdicción en todo el territorio de la provincia leal a la Republica. En este Jurado se juzgaban los sumarios instruidos por el Juzgado de Orgaz por delitos de desafección al régimen. Al desaparecer los Jurados de Urgencia por Decreto de 24 de marzo de 1938 , los juzgados como el de Orgaz debian remitir a los Tribunales Populares las actuaciones que tuviesen en trámite. En el caso de Ocaña pasaban a Madrid porque estaba establecido que los hechos que fueran competencia de los Tribunales Populares y que ocurrieran en una provincia cuya capital estuviera en poder de los facciosos, pasaran a conocimiento del Jurado Popular constituido en la capital de provincia más cercana; de ahí que las causas instruidas en los Juzgados y Jurados de la provincia de Toledo, debían pasar al Tribunal Popular de Madrid .

Los sumarios que se reproducen a continuación se producen en el contexto que acabamos de exponer.

 

De todos las fuentes, "la que nos parece básica es la de los Sumarios, no sólo porque en ella tenemos todo el proceso judicial, sino porque demuestran que tanto el Jurado de Urgencias como los Tribunales Especiales que juzgaban estos delitos no eran tan represivos como cuentan algunos investigadores que no han trabajado los expdientes, [...]. Por eso, quizas, es por lo que existe esa ausencia de trabajos con respecto a este tema, porque se piensa que con su publicación la imagen de la República se va a ver resentida, cuando, en realidad ocurre todo lo contrario, ..." (18)

 

  Bibliografía consultada
*
ALÍA MIRANDA, F.: Conspiración y alzamiento: principales modelos en Castilla-La Mancha.—En ALÍA MIRANDA, F. y DEL VALLE CALZADO, Á. R. (coords.): La Guerra Civil en Castilla-La Mancha, 70 años después. Actas del Congreso Internacional. Cuenca.-- Ediciones de la Universidad de Castilla-La Mancha, pp. 323-369. 2008
*
LEDESMA VERA, J. L.: Una retaguardia al rojo. Las violencias en la zona republicana.— En ESPINOSA MAESTRE, F. (ed.): Violencia roja y azul.-- Barcelona: Crítica, 2010, pp. 152-247.
*
RODRIGO, J.: Hasta la raíz. Violencia durante la guerra civil y la dictadura franquista.-- Madrid: Alianza, 2008
*
RUIZ ALONSO, J. M.: La Guerra Civil en la provincia de Toledo: Utopía, conflicto y poder en el sur del Tajo (1936-39).-- Ciudad Real : Almud, 2004. Vol.
*
SABÍN RODRÍGUEZ, J. M.: El Tribunal Popular de Toledo: 2 de septiembre a 19 de octubre de 1936.-- En Anales toledanos, 31, 1994, pp. 307-318.
*
SÁNCHEZ RECIO, G.: Justicia y guerra en España: los tribunales populares (1936-1939). Alicante: Instituto de Cultura Juan Gil-Albert, 1991

__________________

Notas: ver más abajo


>>>>>>>>>>>>>>>>>>> Documentos <<<<<<<<<<<<<<<<<<

 

Procesos por desafección a la República y apoyo a la rebelión    
     
  1937-11-13 / 1938-08-12, Orgaz/Ocaña/Madrid. Expediente nº 9 instruido contra Segundo Alameda Ramos, Marcelino Garcia Calvo y López-Mancebo, Teodoro Jiménez Prieto, Jacinto Marín Zamora, Tomás Rodríguez Bravo, Felipe Rodríguez de la Cruz, Francisco Romero Sánchez, Leandro Sanchez Bravo, Alejandro Sánchez-Mayoral Morón, Saturnino Sanchez Horneros Cerdeño, por el delito de desafección al régimen. — En Archivo Histórico Nacional, Signatura: FC-CAUSA_GENERAL, 60, Exp.20
Ver documento
 
1937-12-25 / 1938-09-08, Orgaz/Ocaña/Madrid. Expediente nº 21/1938 instruido contra de Primitivo Guzmán García-Ajofrín, vecino de Orgaz, por el delito de desafección al régimen. — En Archivo Histórico Nacional, Signatura: FC-CAUSA_GENERAL,4,Exp.4
Ver documento
 
1937-12-28/1938-02.02, Orgaz/Ocaña. Expediente nº 5 instruido contra de Vicente Sánchez-Mayoral y Díaz-Delgado, vecino de Orgaz, por supuesta desafección al régimen. — En Archivo Histórico Nacional, Signatura: FC-CAUSA_GENERAL,7,Exp.4.
Ver documento
 
1937-12-30 / 1939-12-31, Orgaz/Ocaña. Expediente nº 4 instruido contra de José María García-Calvo y de la Torre, vecino de Orgaz, por supuesta desafección al régimen. — En Archivo Histórico Nacional, Signatura: FC-CAUSA_GENERAL,4,Exp.3
Ver documento
 
1938-03-05, Orgaz. Edicto del Juez de primera Instancia de Orgaz de 29 de Marzo de 1938 sobre multa a Adrián Gómez Horneros, vecino de Orgaz, impuesta por desafección al Régimen .— En Boletín Oficial de la Provincia de Toledo, n.º 37, 5/4/1938, p.3
Ver documento
 
1938-07-19 / 1938-09-19, Orgaz/Madrid. Expediente nº 13 instruido contra Teodosio Carbonell García por el delito de desafección al régimen. — En Archivo Histórico Nacional, Signatura: FC-CAUSA_GENERAL, 69, Exp.13
Ver documento
 
1938-08-05, Orgaz. Requisitoria de busca y captura ordenada por el juez de instrucción de Orgaz contra Antorio Garzón Salazar, inculpado por hostilidad y desafección al Régimen. .- En Boletín Oficial de la Provincia de Toledo, n.º n.º 99, 11/8/1938, p. 4.
Ver documento
 
1938-08-13 / 1938-10-02, Orgaz/Madrid. Expediente nº 14 instruido contra Matías Romero García por el delito de desafección al régimen por tenencia de bandera monárquica.. — En Archivo Histórico Nacional, Signatura: FC-CAUSA_GENERAL, 178,Exp.14
Ver documento
     
  1938-11-11 / 1939-02-12, Orgaz/Madrid. Causa nº 38 instruida contra, Teodosio Martin de Henares por el delito de adhesión y auxilio a la rebelión militar. — En Archivo Histórico Nacional, Signatura: FC-CAUSA_GENERAL,169,Exp.27
Ver documento
 
 
Otros procesos
 
 
 
1937-09-21 / 1938-06-25, Orgaz/Madrid. Expediente nº 5 instruido contra José Álvarez Rodríguez por el delito de lesiones.. — En Archivo Histórico Nacional, Signatura: FC-CAUSA_GENERAL,4,Exp.21.-
Ver documento
 
 
1937-09-23 / 1937-12-07, Orgaz/Madrid. Causa nº 6 instruida por el delito de lesiones sufridas por Adrián Gómez Horneros. — En Archivo Histórico Nacional, Signatura: FC-CAUSA_GENERAL,174,Exp.82
Ver documento
 
 
1937-11-03 / 1938-04-16, Orgaz/Madrid Expediente. nº 11 instruido por hurto de muebles y enseres. — En Archivo Histórico Nacional, Signatura: FC-CAUSA_GENERAL,202,Exp.15.
 
 
1937-11-20 / 1938-05-11, Orgaz/Madrid. Expediente nº 13 instruido por el delito de atropello y muerte. . — En Archivo Histórico Nacional, Signatura: FC-CAUSA_GENERAL,202,Exp.55.
Ver documento
 
 
1937-12-18 / 1938-04-11, Orgaz/Madrid. Expediente nº 19 instruido por el delito de muerte repentina de un niño. — En Archivo Histórico Nacional, Signatura: ES.28079.AHN/6//FC-CAUSA_GENERAL,202,Exp.40 .
Ver documento
 
 
1938-05-11 / 1938-05-17, Orgaz/Madrid. Expediente nº 13 instruido por el delito muerte de muerte repentina de un niño. — En Archivo Histórico Nacional, Signatura: FC-CAUSA_GENERAL,63,Exp.41.
Ver documento
 
 
1938-07-29, Miraflores de la Sierra. Requisitoria del Tribunal Militar Permanente del primer Cuerpo de Ejército para que Valentín Jiménez Calvo, natural de Orgaz, se presente en el juzgado donde está procesado por deserción .- En Boletín Oficial de la Provincia de Toledo, n.º n.º 99, 11/8/1938, p. 3.
Ver documento
 

______________________

Notas

(1) Ver: SÁNCHEZ, G.: Justicia ordinaria y justicia popular durante la guerra civil.-- En Justicia en guerra.-- Madrid: Ministerio de Cultura, 1990, pp. 87- 91.

(2) RUIZ ALONSO, J. M.: La Guerra Civil en la provincia de Toledo: Utopía, conflicto y poder en el sur del Tajo (1936-39).-- Ciudad Real : Almud, 2004. Vol. II. p. 4

(3) SÁNCHEZ RECIO, G.: El control político de la retaguardia republicana durante la Guerra Civil. Los tribunales populares de justicia.-- En Espacio, Tiempo y Forma, Serie V, H. Contemporánea, t. 7, 1994, pp. 585-598

(4) Decreto de 23 de agosto de 1936 creando con plena jurisdicción para juzgar los delitos de rebelión y sedición y los cometidos contra la seguridad del Estado por cualquier medio, un Tribunal especial compuesto por tres funcionarios judiciales que juzgarán como Jueces de Derecho y 14 Jurados que decidirán sobre los hechos de la causa.— En Gaceta de Madrid, nº 237, de 24-08-1936.

Decreto de 25 de agosto de 1936 , disponiendo que para conocer de los delitos de rebelión y sedición y de los cometidos contra la seguridad exterior del Estado, desde el día 17 de Julio del año actual y mientras dure el actual movimiento subversivo, se constituya en cada provincia un Tribunal especial formado por catorce Jefes populares que actuarán como Jueces de hecho, y tres funcionarios judiciales, que actuarán como Jueces de derecho.-- En Gaceta de Madrid , nº 239, 26/-08/-1936,

(5) Decreto de 10 de octubre de 1936 disponiendo se constituyan en Madrid y en los lugares que el Ministro de este Departamento determine Jurados de urgencia para conocer de los hechos de hostilidad y desafección al Régimen que no sean constitutivos de los delitos previstos y sancionados en el Código penal común y en las leyes penales especiales.—En Gaceta de Madrid, nº 285, 11-10-1936.

(6) Los Jurados de Guardia fueron creados por dos decretos de 17 de octubre de 1936 uno de la Presidencia del Consejo de Ministros y otro del Ministerio de Justicia, y se establecieron tres en Madrid. Su competencia era conocer de los delitos relacionados con el orden público, propaganda a favor de los rebeldes, acaparamiento de víveres o manipulación de los precios, y actos relacionados con el sabotaje y el terrorismo. La función de estos organismos judiciales consistía en destinar a los acusados a los tribunales populares competentes, una vez precisada la naturaleza de los delitos


(7) El Tribunal Popular de Responsabilidades Civiles, creado por un decreto del Ministerio de Hacienda de 23 de septiembre de 1936, y otro del Ministerio de Justicia de 6 de octubre de 1936 tenía como función imponer a los sentenciados por los tribunales de lo penal las sanciones económicas con las que debían reparar los daños ocasionados al Estado por las actuaciones de rebeldía y desafección. Para administrar eI producto de las sanciones e incautaciones el Ministerio de Hacienda creó la Caja General de Reparaciones. Por Decreto de 7 de mayo de 1937 se establece que este tribunal se denomine Tribunal Popular de Responsabilidades Civiles, extendiendo su jurisdicción a todo el territorio de la República y actuando en la capital donde resida el Gobierno

(8) Los Tribunales Especiales de Guardia fueron como delegaciones en las provincias del Tribunal Especial de Espionaje y Alta Traición. Se crearon por Decreto 29 de noviembre de 1937 disponiendo que, en los lugares donde estime necesario el Gobierno, podrán constiturse Tribunales especiales de guardia para reprimir los delitos de espionaje, alta traición y derrotismo, los que estarán integrados en la forma que se especifica.—En Gaceta de la República:, nº 335, de 01-12-1937.

(9) Por Decreto de 22 de junio de 1937 se crea el Tribunal Especial de Espionaje y Alta Traición. Su objeto era castigar con las penas máximas los delitos de espionaje, alta traición y derrotismo, y sustituyó, desde su creación, a los Tribunales Populares que perseguían estos delitos desde 1936 y a los Tribunales Militares. Este tribunal tendría jurisdicción en todo el territorio nacional

(10) Decreto de 7 de mayo de 1937 disponiendo que la competencia de los diversos Tribunales que, con arreglo a la Constitución y a las disposiciones vigentes, ejercen en la República la jurisdicción penal será la que determinen los artículos que se publican.—En Gaceta de la República, nº 133, 13/05/1937.

(11) Decreto de 23 de febrero de 1937 ampliando la extensión de los Tribunales Especiales Populares para conocer y sancionar, en materia penal, los delitos que se especifican..-- En Gaceta de la República:núm. 55, de 24/02/1937.

(12) Decreto de 6 de agosto de 1937 incorporando a las Audiencias Provinciales los Tribunales Populares, Jurados de Urgencia, de Guardia y de Seguridad, que formarán parte de las mismas, las que estarán integradas en la forma que se expresa y a los fines expuestos en el articulado de este Decreto.—En Gaceta de la República, nº 219, de 07-08-1937.
.
(13) Decreto de 23 de enero de 1939 declarando el estado de guerra en todo el territorio de la República, con lo demás que se indica.—En Gaceta de la República, nº 23, de 23-01-1939.

(14) Este tribunal tuvo una existencia corta ya que una vez que la capital fue tomada por las tropas rebeldes el Tribunal Popular Especial de Toledo fue traslado a Madrid con el nombre de Tribunal Popular Especial de Toledo en Madrid.

(15) 09-09-1936. Edicto del Presidente del Tribunal Popular Especial de Toledo.— En Boletín Oficial de la provincia de Toledo, Nº 209, 10-09-1936, pp. 1-2.

(16) RUIZ ALONSO, J. M.: La Guerra Civil en la provincia de Toledo : Utopía, conflicto y poder en el sur del Tajo (1936-39).-- Ciudad Real : Almud, 2004. Vol. I. p. 210.

(17) Orden constituyendo un Jurado de Urgencia en Ocaña, con jurisdicción en toda la provincia de Toledo.-- En Gaceta de la República:núm. 34, de 03/02/1937.

(18) MUÑOZ DE MORALES CORRAL, M.ª Consuelo: La actuación de los Tribunales Populares en la zona republicana (Ciudad Real, 1936-1939).-- ALÍA MIRANDA F., VALLE CALZADO Á. R. del (Coord.): La Guerra Civil en Castilla-La Mancha, 70 años después : Actas del congreso internacional .-- Cuenca: Ediciones de la Universidad de Castilla-La Mancha, 2008, p. 1644

 

Anterior
Anterior
 
Siguiente
Siguiente

 

Creative Commons License Los contenidos de esta web estan bajo una licencia de Creative Commons .

Creación: julio 2021 / Última modificación: diciembre 2021