En el Archivo Histórico Provincial de Toledo se conserva una circular del Alcalde de Orgaz, fechada el 21 de diciembre de 1908, comunicando la elección y proclamación de jurados para formar parte del Tribunal Industrial de Orgaz (1)
Los tribunales industriales
Los tribunales industriales La jurisdicción especial de Trabajo se inicia en España con la Ley de Tribunales Industriales de 19 de mayo de 1908, por la que se establecen estos organismos en las cabezas de partidos judiciales, con jurisdicción sobre todo el territorio del partido, siempre que lo estime oportuno y a petición de los patronos y obreros interesados.
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Circular del Alcalde, 21-12-1908 |
El Real Decreto de 20 de octubre del mismo año creó Tribunales Industriales en todas las capitales de provincia y en determinadas cabezas de partidos judiciales y su jurisdicción alcanzaba al territorio o distrito donde se encontraban establecidos y estaban presididos por un juez de primera instancia y compuestos de jurados, patronos y obreros, con competencia en materia de contratos de trabajo y accidentes laborales. Sus atribuciones fueron compartidas con los comités paritarios a partir del R.D. de 5 de octubre de 1922, que estableció el régimen paritario por industrias y por grupos de oficios y profesiones para resolver los conflictos entre patronos y obreros. Una Orden de 18 de diciembre de 1931 dispuso que los Comités Paritarios cambiasen su denominación por la de Jurados Mixtos de Trabajo. Estos organismos, compuestos por patronos y obreros, tenían carácter administrativo y judicial y ejercían funciones normativas, arbitrales, sociales y judiciales; los Tribunales Industriales siguieron teniendo competencias en materia de accidentes de trabajo, mientras que los Jurados Mixtos, en el orden judicial, entendían en temas de despidos y salarios hasta determinadas cuantías.
La legislación de Jurados Mixtos y su demarcación territorial sufrió modificaciones durante la República. En 1935 se suprimen los Tribunales Industriales, que se refunden en los Jurados Mixtos, si bien, en 1936, varias disposiciones derogaron esta medida, restableciendo la situación preexistente en 1931 y reponiendo los suprimidos Tribunales Industriales.
Tanto Jurados Mixtos como Tribunales Industriales se suprimen, a su vez, por Decreto de 13 de mayo de 1938, en tanto que la Ley de 17 de octubre de 1940 crea las Magistraturas de Trabajo como únicas instituciones jurisdiccionales contenciosas en la rama social del Derecho (2).
El Tribunal industrial de Orgaz
Para dar cumplimiento a lo dispuesto por la ley de Tribunales Industriales de 19 de mayo de 1908, el día 20 de diciembre de 1908 se llevó a cabo la elección y proclamación de jurados para formar parte del Tribunal Industrial de Orgaz, de lo que dio cuenta al día siguiente el Alcalde de Orgaz, D. Ramón Perea y lo comunicaba a los interesados en la siguiente circular, en cuyo margen izquierdo figura la relación de los jurados elegidos de los patronos y de los obreros:

Cuerpo de la circular |
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Jurados de Patrones |
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Jurados de obreros |
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(1) 1908-12-21. Circular del Alcalde de Orgaz comunicando la elección y proclamación de jurados para formar parte del Tribunal Industrial de Orgaz.— En Archivo Histórico Provincial de Toledo, Documentación del Archivo de Orgaz, Signatura: 68083/19
(1) Tomado de: Censo Guía de Archivos de España e Iberoamérica |