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PETRA CUEVAS

Sindicalista (Orgaz,1908-2014)



Sumario:
Una luchadora
Datos biográficos
Bordadora de profesión
Actividad sindical
Militancia política
Procesos judiciales
Flecha
Presa en las cárceles de franquistas

Reconocimientos y homenajes
Testimonios y entrevistas

Obituario
Libro y homenaje en Orgaz


PROCESOS JUDICIALES

Terminada la Guerra Civil, la represión sobre los vencidos se inició de inmediato y las detenciones,  fusilamientos y consejos de guerra se sucedían sin interrupción .

Petra Cuevas fue condenada a doce años de cárcel, viendose sometida a los dos procesos judiciales siguientes:

 

 

 
 
Causa nº 20591

Procedimiento sumarísimo de urgencia.
Años 1939-1942 ( Nº 20591).

 

El primero de los procesos se lleva a cabo en el Juzgado Militar nº 17 de Madrid, y se inicia en 1939 con una operación policial promovida desde la Dirección General de Seguridad. La causa tiene el nº 20591. (1)

 

En el marco de esta operación policial se produce la primera detención de Petra Cuevas el 25 de septiembre de 1939, siendo conducida a la Dirección General de Seguridad por dos policías de la Brigada Político Social, junto a su primo Agustín Pérez-Cejuela Cuevas,  Rosalía Suarez González y Marina Hernández Marcos. Petra y su primo Agustín ante el peligro de ser detenidos se habían refugiado en casa de Rosalía Suarez.

 

El mismo 25 de septiembre los dos policías comparecen ante el Instructor y formulan las siguientes acusaciones respecto a Petra:


Causa nº 20591, folio 4


Tras dos meses de detención en la D.G.de Seguridad / Gobernación y en la Comisaría de Fomento, Petra fue ingresada en la Cárcel de Ventas a finales de 1939. Estuvo en la cárcel poco tiempo, saliendo en libertad provisional. Tenía la obligación de presentarse periódicamente en la Comisaría del distrito de la Inclusa.

En la causa abierta no hubo novedades hasta que el 23 de enero de 1942, cuando la Secretaría de Justicia de Aranjuez da la orden de proceder contra los encausados  al Juzgado militar Nº17 de Madrid y al Juzgado de Orgaz, dándose la paradoja de que Petra ya estaba cumpliendo prisión, condenada por otro Consejo de Guerra, y Agustín (2) había sido condenado a muerte y ejecutado en Ocaña el 29 de noviembre de 1940.

El Juzgado militar nº 17 de Madrid pidió diversos informes sobre su conducta y antecedentes, entre otros, al  Ayuntamiento  y a la Guardia Civil de Orgaz, el 24-08-43:

"Concrétese de una manera clara la actuación que tuvo esta individua en ese pueblo durante la dominación marxista por encontrarse en el citado al estallar el movimiento” (folio 24)

El Ayuntamiento responde (y con las mismas palabras lo hizo la Guardia Civil), el 30-08-43:

"No residía en esta villa y se desconoce su adscripción, solamente se han adquirido noticias de que con anterioridad al Glorioso Movimiento Nacional, en algunas ocasiones venia a esta localidad a exhortar a las masas revolucionarias alentándolas en sus ideas antipatrióticas " (folio 25)

El Juez tomó declaración a Petra el 11 de octubre de 1943, en la prisión de Ventas (folio 35) :


Causa nº 20591, folio 35


Y el mismo día, 11 de octubre de 1943, el Juez le notificó su procesamiento. (folio 29)

Doce días después 23 de octubre  el Juez instructor propuso el sobreseimiento del caso (folio 42), dado que Petra ya cumplía  condena por los mismos hechos y Agustín ya había sido sentenciado y ejecutado.


Causa nº 20591, folio 42

 

 


 
 
Causa nº 109.539

Consejo de guerra contra Heriberto Quiñones
González y 21 más.
Año 1942

 

El segundo proceso (que se solapa con el anterior) es un Consejo de Guerra que lleva a cabo el Juzgado Militar de Delitos de Espionaje, Causa nº 109.239, en el que se enjuicia a Petra junto a otros dirigentes comunistas entre ellos su líder Heriberto Quiñones. (3)

 

Operación policial

Después de su primera estancia en la cárcel de Ventas, estando en libertad provisional como consecuencia de la detención y procesamiento de 1939, Petra fue detenida el día 7 de diciembre de 1942, en el marco de una operación policial  en torno a la organización clandestina del Partido Comunista en Madrid, en la que fueron detenidos su líder Heriberto Quiñones, y 21 personas más, como Carmen Jiménez Sánchez, Primitiva Paniagua y las hermanas Juana y Soledad Día, que posteriormente serán compañeras de Petra en la cárcel.

 

Los policías que detienen a Petra lo hacen  "por ser la que puso en relación con los elementos del Comité Central del Partido Comunista a la detenida en Sevilla Asunción Hernández García" , que hacía de enlace con Andalucía, gracias a que trabajaba de limpiadora en trenes de la Compañía MZA que iban a Sevilla:


Comparecencia de los policías que han detenido a Petra, 27.12.1941. (Causa nº 109.539, folio 6)


Auto de procesamiento

El día 10 de enero de 1942 el juez dicta Auto de procesamiento conforme al Código de Justicia militar:


Auto de procesamiento, 10.01.1942. (Causa nº 109.539, folio 451)

Y el mismo día se decreta prisión preventiva, ingresando Petra en la Cárcel de Ventas por segunda vez (25-01-1942), quedando a disposición del Juez.

A los tres meses fue puesta en libertad por orden del juez (desconozco los motivos) el 27-03-1942  (folio 455 ).


Actuaciones procesales


El proceso sigue su marcha. De las actuaciones procesales que se llevan a cabo entresacamos algunas informaciones, donde pueden apreciarse los hechos delictivos de los que se acusa a Petra:

  • Informe de conducta de la Alcaldía de Madrid (23-02-1942):

    "... La interesada ha observado buena conducta  como vecina y es persona de izquierdas .Según referencias fue de las que en los primeros dias del movimiento vestían mono y correaje, fue presidenta del sindicato de la aguja. En la casa se ignora interviniera en hechos delictivos" (Folio 453) (4)

  • Informe de conducta de Falange Española (01-03-1942):

    "Conceptuación Publica: Considerada como persona de ideas marxistas, pero con anterioridad al Movimiento la conducta observada ha sido buena ;
    Conceptuación privada: buena;
    Observaciones: Un hermano suyo actualmente en Francia, conducía un coche con milicianos desde los primeros momentos de estallar el Movimiento.- Sus padres estan conceptuados como personas de orden.- A pesar de sus ideas no delató a ninguna persona de la casa y alrededores, destacadas como de orden”
    (Folio 456)

  • Resumen de informes (27-09-1942) :

    "La guardia Civil en un informe, dice que antes del Movimiento Nacional, se mostró muy izquierdista, perteneciendo al Partido Comunista y sindicada a la UGT. Durante el Movimiento, se mostró muy roja y destacada en ese sentido en la vecindad, habiendo desempeñado el cargo de presidenta del Sindicato de la Aguja.La Alcaldía informa en los mismo términos. Falange informa que desde el primer momento fue miliciano, vistiendo mono, y al parecer prestó servicios como tal en la checa de los Salesianos, en la ronda de Atocha. A la terminación de la Guerra fue detenida. Es de ideas marxistas, pero con anterioridad a la guerra su conducta fue buena. No hay constancia de que tenga antecedentes penales y se encuentra disfrutando los beneficios de la prisión atenuada, desde el 27 de marzo ultimo." (Folio 794).


Consejo de Guerra


Después de seis meses en libertad provisional, unos días antes de celebrarse el Consejo de Guerra, Petra ingresa de nuevo en la prisión de Ventas el día 22 de septiembre 1942 .

El día 25 de septiembre de 1942  el Juzgado Militar de Delitos de Espionaje celebra el Consejo de Guerra en la Prisión de Porlier .

Al día siguiente se dicta la sentencia , sin otras pruebas ni testigos, aparte de las declaraciones de la policía y los informes de conducta de la Alcaldía, Falange, etc. :


Sentencia (Causa nº 109.539, folio 870v)


Se le acusa, como al resto de encausados, de un delito contra la seguridad interior del Estado:


Sentencia (Causa nº 109.539, folio 870r)

Se condena a Petra a una pena de "doce años de prisión mayor y accesorias legales correspondientes":


Sentencia (Causa nº 109.539, folio 870r)

 



 

_________________________________________


(1) Procedimiento sumarísimo de urgencia contra Hernández Marcos , Rosalía Suarez González, Petra Cuevas Rodríguez y Agustín Pérez Cejuela, por auxilio a la rebelión . Madrid 1939-1942.—En  Archivo General e Histórico de Defensa ,  Causa nº 20591

(2) Agustín Pérez-Cejuela Cuevas, nació en Orgaz,  hijo de Nicolás y de Juana. De profesión peluquero. Al comenzar la Guerra Civil  pertenecía a la UGT, formó parte de las milicias de Orgaz. Se enroló voluntario en el Ejercito republicano (112 Brigada Roja) alcanzando la graduación de cabo, estando en diferentes frentes, pasando a la Escuela de Oficiales.
Al acabar la Guerra Civil se fue a Madrid, donde fue detenido el 25-09-1939. Se fugó de los calabozos de la D. G. de Seguridad el 25-09-39, siendo detenido nuevamente y puesto a disposición del Juez Militar de guardia el 27-9-39. El 21-12-39 fue trasladado desde la Prisión del Barco de Madrid a la Provincial de Orgaz a disposición del Juez Militar de Orgaz. Juzgado en un Consejo de Guerra fue fusilado en Ocaña el 29-11-40 a los 25 años de edad.
(Fuente: Procedimiento sumarísimo de urgencia contra Hernández Marcos , Rosalía Suarez González, Petra Cuevas Rodríguez y Agustín Pérez Cejuela, por auxilio a la rebelión . Madrid 1939-1942.—En  Archivo General e Histórico de Defensa ,  Causa nº 20591)
.

(3) Consejo de guerra  contra Heriberto Quiñones González y 21 más, por un delito contra la seguridad interior del Estado. Madrid 1942.—En  Archivo General e Histórico de Defensa ,  Causa nº 109.539, Legajo 1938

(4) Aunque se trate de un tema secundario, que Petra Cuevas vistiera mono es algo que niegan sus familiares y que se contradice con alguna de sus declaraciones:
"¿ Es que cree que las chicas que habia en Madrid iban espilindrijás?; nada de eso, iban muy monas. Había pocas mujeres que llevaran mono o ¿cree usted que la gente no tenía dinero?, pues sepa que las mujeres que trabajaban ganaban su sueldo y se vestian normalmente. No se vaya usted a creer que en Madrid no se estaba a la moda de lo que se estilaba...? ¿Entonces , lo de ir bien vestido no era sinónimo de ser de derechas? Yo eso no lo he vivido; y yo era de izquierdas e iba bien vestida." (Petra Cuevas Rodríguez.— En MONTOLIÚ, Pedro: Madrid en la guerra civil: Los protagonistas.-- Madrid: Silex Ediciones, 1999. Vol. II, p. 304)

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Creación: julio 2000 / Última modificación: