Artículo 100.
Las proposiciones u ofertas
contractuales habrán de ser entregadas en sobre cerrado en las dependencias
u oficinas expresadas en el anuncio, o enviadas por correo, dentro del
plazo de admisión señalado en aquél, salvo que el
anuncio de la licitación autorice otro procedimiento, respetándose
siempre el secreto de la oferta.
En el primer caso, las oficinas
receptoras darán recibo de cada proposición en el que conste
el nombre del licitador, la denominación de la obra objeto de la
licitación y el día y hora de la presentación. Una
vez entregada una proposición no podrá ser retirada bajo
ningún pretexto.
Terminado el plazo de recepción,
los Jefes de las Oficinas receptoras expedirán certificación
relacionada de las proposiciones recibidas o de la ausencia de licitadores,
en su caso, la que juntamente con aquéllas remitirán al Secretario
de la Mesa de Contratación.
Cuando las proposiciones
se envíen por correo, el empresario deberá justificar la
fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y
anunciar al órgano de contratación la remisión de
la oferta mediante télex o telegrama en el mismo día. Sin
la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición
si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad
a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante,
diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido
la proposición, ésta no será admitida en ningún
caso.